Si has vendido una propiedad, ya sea una vivienda, un local comercial o un terreno, es muy probable que hayas oído hablar de la plusvalía municipal. Esta tasa municipal se cobra por el aumento del valor del suelo en el momento de la transmisión de la propiedad, y su importe puede ser bastante elevado. Sin embargo, no siempre es obligatorio pagarla.
En este artículo te explicamos en qué casos no se paga la plusvalía municipal, ya sea por la exención prevista por la ley, por la falta de incremento de valor del terreno o por otras circunstancias especiales. Además, te ofrecemos algunos consejos prácticos para que puedas reclamar la devolución de la plusvalía en caso de haberla pagado indebidamente.
Si quieres saber más sobre este tema y cómo afecta a tus finanzas personales, sigue leyendo nuestro artículo y descubre todo lo que necesitas saber sobre la plusvalía municipal.
Exención de pago de plusvalía en determinados casos.
La plusvalía municipal es un impuesto que se cobra cuando se produce un aumento del valor del terreno en el momento de vender una propiedad. Sin embargo, existen casos en los que no se debe pagar este impuesto, ya que se considera que no ha habido un aumento en el valor del terreno.
Exenciones de pago de plusvalía
Las exenciones de pago de plusvalía se contemplan en el artículo 104 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Se establecen las siguientes exenciones:
- Transmisión de viviendas protegidas: En caso de transmisión de una vivienda protegida, no se debe pagar plusvalía.
- Herencias: Cuando se recibe una propiedad en herencia, no se debe pagar plusvalía.
- Donaciones: En caso de donaciones, no se debe pagar plusvalía.
- Transmisiones entre cónyuges o familiares: Cuando la transmisión de la propiedad se produce entre cónyuges o familiares, no se debe pagar plusvalía.
- Transmisiones por causa de divorcio: En caso de separación o divorcio, si se produce una transmisión de la propiedad, no se debe pagar plusvalía.
Es importante tener en cuenta que estas exenciones varían según la legislación de cada municipio, por lo que se debe consultar la normativa local correspondiente.
Conclusión
Exención de plusvalía según el Tribunal Constitucional.
El Tribunal Constitucional ha establecido que no se debe cobrar la plusvalía municipal en aquellos casos en los que no se haya producido un incremento de valor en el terreno o inmueble en cuestión.
Esta exención se produce cuando el valor del terreno o inmueble en el momento de la venta o transmisión es igual o inferior al precio de adquisición. En estos casos, no existe un incremento de valor, por lo que no se puede aplicar la plusvalía.
Además, el Tribunal Constitucional también ha establecido que no se debe cobrar la plusvalía municipal en aquellos casos en los que la venta o transmisión del terreno o inmueble se haya producido con pérdidas económicas. En estos casos, no existe un incremento de valor y, por tanto, no se puede aplicar la plusvalía.
Otro supuesto en el que se puede aplicar la exención de plusvalía es cuando la propiedad del terreno o inmueble se transfiere a un familiar de primer grado. En estos casos, se considera que no existe un incremento de valor y, por tanto, no se puede aplicar la plusvalía.
Por último, también se puede aplicar la exención de plusvalía en aquellos casos en los que el terreno o inmueble se haya adquirido por herencia. En estos casos, se considera que el valor del terreno o inmueble es el mismo que el valor de adquisición por parte del fallecido, por lo que no se produce un incremento de valor.
La plusvalía municipal es un impuesto que se paga al vender un terreno o propiedad. Este impuesto se calcula en base al valor catastral del inmueble y al tiempo que ha transcurrido desde su última venta. Sin embargo, hay casos en los que no se debe pagar este impuesto:
- Si se vende la vivienda por un precio inferior al que se compró.
- Si la propiedad es heredada y se mantiene en propiedad durante un período determinado de tiempo.
- Si se vende una propiedad a un precio igual o menor al que se adquirió, aunque haya pasado un período de tiempo.
- Si se vende una propiedad a un familiar directo.
Es importante tener en cuenta que cada Ayuntamiento tiene sus propias regulaciones en cuanto a la plusvalía municipal, por lo que es recomendable informarse adecuadamente antes de realizar cualquier transacción inmobiliaria. En cualquier caso, si se considera que se está siendo objeto de una liquidación injusta, se puede interponer un recurso.