¿Cómo tributa la devolución de la cláusula suelo?

Si tienes una hipoteca con cláusula suelo y has conseguido que te la devuelvan, quizás te preguntes cómo tributa esa devolución en tu declaración de la renta. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber para que puedas hacer tu declaración correctamente.

Lo primero que debes saber es que la devolución de la cláusula suelo no tributa como tal, es decir, no se considera un ingreso. Sin embargo, hay que tener en cuenta ciertos aspectos a la hora de declararla.

En el caso de que hayas deducido en años anteriores las cantidades pagadas de más por la cláusula suelo en tu declaración de la renta, deberás incluir en la declaración correspondiente al ejercicio en que se produce la devolución una regularización de las deducciones practicadas. Esto significa que tendrás que sumar a tus ingresos las cantidades que te hayan sido devueltas para ajustar la deducción que has aplicado en años anteriores.

Por otro lado, si no has deducido en años anteriores las cantidades pagadas de más por la cláusula suelo, la devolución no afectará a tu declaración de la renta. En este caso, no tendrás que incluir nada en la declaración correspondiente al ejercicio en que se produce la devolución.

Tributación de devolución de cláusula suelo en la renta

La cláusula suelo es una disposición que se incluye en los contratos de préstamo hipotecario y que limita la variación a la baja del tipo de interés aplicable. Esta cláusula ha sido considerada abusiva por los tribunales españoles y europeos, lo que ha llevado a los bancos a devolver lo cobrado de más a los clientes afectados.

La devolución de la cláusula suelo tributa en la declaración de la renta como rendimiento del capital inmobiliario. Esto significa que el importe recibido debe ser incluido en la base imponible del IRPF como un ingreso más y, por tanto, se deberá pagar impuestos por él.

El importe que debe incluirse en la declaración de la renta es la diferencia entre lo que se ha pagado de más por la cláusula suelo y lo que se habría pagado en caso de no haber existido esta cláusula. Es importante destacar que esta diferencia debe ser proporcionada al número de años que se ha estado pagando la hipoteca con la cláusula suelo.

En cuanto a la forma de incluir esta devolución en la declaración de la renta, se debe hacer en el apartado correspondiente a los rendimientos del capital inmobiliario, consignando el importe recibido en el campo correspondiente a los ingresos. Asimismo, se debe reflejar el año o años a los que corresponde esta devolución y no olvidar incluir los gastos deducibles.

Reembolso de cláusula suelo: ¿Cuánto recuperarás?

La cláusula suelo es una cláusula insertada en los contratos hipotecarios que establece un interés mínimo que el prestatario debe pagar, independientemente del valor del Euríbor o del tipo de interés aplicable. Esta cláusula ha sido declarada abusiva por el Tribunal Supremo y, por lo tanto, los consumidores pueden solicitar su eliminación y la devolución de los intereses pagados de más.

En cuanto a la tributación de la devolución de la cláusula suelo, hay que tener en cuenta que se trata de una cantidad que ya fue pagada en su momento, por lo que no se trata de una ganancia patrimonial. Por lo tanto, no está sujeta a impuestos.

En el caso de que se haya llegado a un acuerdo extrajudicial o se haya ganado el juicio, la devolución de la cláusula suelo incluirá los intereses pagados de más desde la firma del contrato hipotecario. Por lo tanto, la cantidad que se recuperará dependerá del tiempo que se haya mantenido la cláusula suelo en el contrato y del interés que se haya establecido como mínimo.

Es importante señalar que la devolución de la cláusula suelo también puede estar sujeta a retenciones fiscales si se ha llegado a un acuerdo con la entidad bancaria. En este caso, la retención dependerá del importe total de la devolución.

Deja una respuesta