¿Quién paga después de 365 días de baja? Es una pregunta que muchas personas se hacen cuando se enfrentan a una situación en la que han tenido que ausentarse de su trabajo por un largo periodo de tiempo debido a una enfermedad o lesión. En estos casos, es importante conocer cuáles son los derechos y obligaciones tanto del empleado como del empleador en lo que respecta al pago de salarios y prestaciones. A continuación, te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre este tema.
Pago durante prórroga de incapacidad temporal
Después de 365 días de baja por incapacidad temporal, hay una prórroga que se puede solicitar a la entidad gestora correspondiente. Durante este periodo, ¿quién paga?
En primer lugar, es importante destacar que la prórroga de incapacidad temporal solo se concede en casos excepcionales, cuando se estima que el trabajador aún no está en condiciones de volver a trabajar. En estos casos, el trabajador seguirá percibiendo una prestación económica, que será sufragada por diferentes entidades según el momento en el que se encuentre.
Pago durante los primeros 180 días de baja
En los primeros 180 días de baja, el trabajador percibirá una prestación económica del 60% de su base reguladora. Esta cantidad será sufragada por la entidad gestora correspondiente, que en la mayoría de los casos será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Pago durante los siguientes 194 días de baja
Desde el día 181 hasta el día 365 de baja, el trabajador seguirá percibiendo la prestación del 60% de su base reguladora, pero esta cantidad será sufragada por la mutua correspondiente, en lugar del INSS.
Pago durante la prórroga de incapacidad temporal
En el caso de que la prórroga de incapacidad temporal sea concedida, el trabajador seguirá percibiendo la prestación económica, pero esta vez será sufragada por la entidad gestora que corresponda en función de la situación laboral del trabajador. Es decir:
- Si el trabajador está en situación de alta, la prestación será sufragada por la mutua correspondiente.
- Si el trabajador está en situación de desempleo, la prestación será sufragada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
- Si el trabajador es pensionista, la prestación será sufragada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Pago tras un año de baja laboral.
Una baja laboral puede ser una situación estresante y difícil para cualquier trabajador. Además de las preocupaciones por la salud, también es importante considerar las consecuencias financieras que pueden surgir a partir de una larga ausencia del trabajo.
En algunos casos, un trabajador puede estar fuera del trabajo por más de un año. Si este es el caso, es importante saber quién pagará después de 365 días de baja laboral.
Después de un año de baja laboral, la responsabilidad del pago recae en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es importante tener en cuenta que este pago no será igual al salario completo que se recibía antes de la baja laboral. En cambio, el pago será del 50% del salario base del trabajador.
Si el trabajador tiene una incapacidad permanente, el pago aumentará al 70% del salario base. Además, si la baja laboral se debe a un accidente laboral o enfermedad profesional, el pago será del 75% del salario base.
Es importante tener en cuenta que, aunque la responsabilidad del pago recae en el INSS, el empleador también tiene ciertas obligaciones. El empleador debe informar al INSS cuando un trabajador ha estado ausente durante más de 15 días y proporcionar documentación sobre la baja laboral.