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¿Qué vehículos se puede conducir con el carnet B?

¿Te has preguntado alguna vez qué vehículos puedes conducir con el carnet B? Si estás pensando en sacarte el carnet de conducir o ya lo tienes, es importante que sepas las limitaciones y restricciones que tiene este tipo de carnet. En este artículo te explicaremos qué vehículos podrás conducir con el carnet B y cuáles son las excepciones que debes tener en cuenta.

El carnet de conducir tipo B es el más común y popular en España. Con este carnet puedes conducir vehículos de motor con un peso máximo autorizado de hasta 3.500 kilos y un máximo de 9 plazas (incluyendo el conductor). Además, puedes llevar un remolque que no supere los 750 kilos de peso o que, si supera este peso, la suma total del vehículo y el remolque no supere los 3.500 kilos.

Es importante destacar que, aunque el carnet B te permite conducir una amplia variedad de vehículos, hay excepciones que debes tener en cuenta. Por ejemplo, no podrás conducir motocicletas, triciclos o cuadriciclos, ni vehículos de transporte de mercancías o de pasajeros que excedan los límites establecidos anteriormente. Es por ello que es importante que conozcas las limitaciones de tu carnet de conducir para evitar sanciones o multas por conducir vehículos que no estén autorizados.

Motos aptas para carnet B

El carnet de conducir tipo B es uno de los permisos de conducción más extendidos y comunes en el mundo. Este carnet de conducir se utiliza para conducir vehículos de cuatro ruedas con un peso máximo autorizado de hasta 3.500 kg y puede conducirse también ciertos tipos de motocicletas.

¿Qué motos puedo conducir con el carnet B?

Desde el 1 de enero de 2018, se permite a los titulares del carnet B conducir una moto con las siguientes características:

  • Una cilindrada de hasta 125 cc.
  • Una potencia máxima de 11 kW (14,75 CV).
  • Una relación potencia/peso no superior a 0,1 kW/kg.
  • No estar derivada de un vehículo que tenga más del doble de su potencia.

Es importante tener en cuenta que para poder conducir este tipo de motos con el carnet B, el conductor debe tener una experiencia mínima de 3 años con el carnet de conducir tipo B y realizar un curso de formación práctica de al menos 9 horas de duración.

¿Qué motos no puedo conducir con el carnet B?

Con el carnet de conducir tipo B, no se permite conducir motocicletas con una cilindrada superior a 125 cc ni con una potencia superior a 11 kW. Tampoco se permite conducir triciclos de motor cuya potencia máxima supere los 15 kW.

Edad mínima para conducir moto 125cc

El carnet de conducir tipo B permite la conducción de una gran variedad de vehículos, pero ¿qué vehículos se pueden conducir con este carnet? En este artículo nos centraremos específicamente en la conducción de motos de 125cc y cuál es la edad mínima necesaria para hacerlo.

¿Qué es una moto 125cc?

Una moto 125cc es una motocicleta con un motor de 125 centímetros cúbicos de cilindrada. Este tipo de motos son muy populares debido a su tamaño compacto, facilidad de maniobrabilidad y bajo costo en comparación con otros tipos de motocicletas.

¿Se puede conducir una moto 125cc con el carnet B?

Sí, se puede conducir una moto 125cc con el carnet de conducir tipo B, pero es necesario cumplir ciertos requisitos.

El carnet de conducir tipo B permite conducir vehículos que no superen los 3.500 kg de peso y no dispongan de más de 9 plazas incluyendo al conductor. Además, se permite el remolque de un peso máximo de 750 kg siempre y cuando la suma total del vehículo y el remolque no supere los 3.500 kg.

En cuanto a las motocicletas, el carnet B permite conducir motocicletas con una cilindrada de hasta 125cc, siempre y cuando el conductor tenga una edad mínima de 3 años con 4 meses, que es cuando se puede obtener el permiso de la clase A1.

¿Qué edad mínima se necesita para conducir moto 125cc?

La edad mínima necesaria para conducir una moto 125cc con el carnet B es de 21 años. Pero, existe una excepción, si el conductor tiene al menos 3 años de experiencia con el carnet B y ha superado un curso de formación específico de 9 horas, podrá conducir una moto de 125cc a partir de los 18 años de edad.

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