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Permisos y Licencias de la Junta de Andalucía

En Andalucía, existen una serie de permisos y licencias que son expedidos por la Junta de Andalucía. Estos documentos son necesarios para poder llevar a cabo diferentes actividades, tanto en el ámbito laboral como en el personal. La obtención de estos permisos y licencias puede llegar a ser un proceso complejo y tedioso, por lo que es importante conocer bien los requisitos y trámites necesarios para obtenerlos.

En este artículo vamos a repasar los diferentes permisos y licencias que se pueden obtener en la Junta de Andalucía, así como los requisitos y trámites necesarios para conseguirlos. Entre estos documentos se encuentran los permisos de conducir, las licencias de obra, los permisos de pesca, las licencias de caza, entre otros.

Además, también hablaremos de la importancia de contar con estos permisos y licencias en regla, tanto para evitar sanciones y multas, como para garantizar la seguridad en el desempeño de las diferentes actividades.

Días de asuntos propios para personal laboral en Junta de Andalucía

El personal laboral que trabaja en la Junta de Andalucía tiene derecho a disfrutar de días de asuntos propios. Estos días son una forma de permiso retribuido que permite al trabajador ausentarse del trabajo por motivos personales sin que se vea afectado su salario.

Según el Acuerdo de 4 de octubre de 2019, por el que se aprueba el calendario laboral para el año 2020 en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias, cada trabajador tiene derecho a disfrutar de un máximo de 3 días de asuntos propios al año.

Es importante destacar que estos días no son acumulables a otros períodos de vacaciones o permisos, y no se pueden fraccionar en horas. Además, el trabajador deberá solicitar estos días con antelación y justificar el motivo por el que los solicita, ya que el jefe o superior jerárquico podrá denegarlos si el servicio lo requiere y siempre que se justifique de forma motivada.

En caso de que no se disfruten en su totalidad durante el año natural, estos días de asuntos propios se perderán, ya que no pueden ser acumulados para el siguiente año.

Por otro lado, existen algunas excepciones en las que el personal laboral de la Junta de Andalucía puede disfrutar de días de asuntos propios adicionales. Por ejemplo, en caso de fallecimiento de un familiar de primer grado, se concederán 2 días de asuntos propios adicionales. También se concederán 2 días de asuntos propios adicionales en el caso de matrimonio o de unión de hecho inscrita.

Días de asuntos propios en el SAS

En la Junta de Andalucía, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) es el encargado de gestionar los permisos y licencias de sus empleados. Dentro de estas opciones, encontramos los días de asuntos propios, una herramienta que permite a los trabajadores disponer de días libres remunerados para atender cuestiones personales.

Estos días de asuntos propios son un derecho que tienen todos los empleados públicos del SAS, y su cantidad varía en función del tiempo trabajado. En concreto, se establece una cantidad de 6 días en el primer año de trabajo, 8 días a partir del segundo año y 10 días a partir del sexto año.

Es importante destacar que estos días no son acumulables de un año a otro, por lo que si no se utilizan dentro del año natural, se pierden. Además, su disfrute está sujeto a la autorización previa del responsable del servicio o unidad correspondiente, quien debe garantizar que su uso no afecte al normal funcionamiento de la entidad.

Para solicitar estos días, el empleado debe cumplir con los requisitos establecidos en la normativa interna del SAS, y presentar la solicitud correspondiente con la debida antelación. Además, en caso de que el trabajador tenga que ausentarse por motivos de enfermedad o accidente, los días de asuntos propios no se verán afectados.

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