Si estás en Galicia y te encuentras en proceso de repartir una herencia, es importante que conozcas los detalles que rodean a este proceso. La ley gallega establece unas normas específicas para la sucesión y el reparto de bienes en caso de fallecimiento. En este artículo te explicaremos los aspectos más relevantes que debes tener en cuenta para entender cómo se reparte una herencia en Galicia.
Porcentaje de legítima en Galicia.
Si bien en España existen varias formas de repartir la herencia, en Galicia se rige por un sistema particular conocido como “legítima gallega”. Este sistema establece que una parte de la herencia debe ser destinada obligatoriamente a los herederos forzosos o legítimos, quienes son los descendientes, ascendientes y cónyuges del fallecido.
El porcentaje de legítima en Galicia es del 66,6%, lo que significa que más de la mitad de la herencia debe ser destinada a los herederos legítimos. De este porcentaje, el 33,3% corresponde a la legítima estricta, que es la parte de la herencia que debe ser destinada a los hijos y descendientes del fallecido. Si no existen descendientes, esta parte se reparte entre los ascendientes y el cónyuge del fallecido.
El otro 33,3% corresponde a la mejora, que es la parte de la herencia que se destina a los hijos y descendientes del fallecido con el fin de igualar las porciones de herencia entre ellos. Si no existen descendientes, esta parte se reparte entre los ascendientes y el cónyuge del fallecido. Es importante destacar que la mejora es una parte voluntaria de la herencia, por lo que el fallecido puede decidir no repartirla o repartirla en menor cantidad.
Por último, el 33,3% restante de la herencia se conoce como la libre disposición, que es la parte de la herencia que el fallecido puede repartir libremente a quien desee, ya sea a sus herederos legítimos o a cualquier otra persona o entidad.
Herencia del cónyuge viudo en Galicia
En Galicia, la ley concede una serie de derechos sucesorios al cónyuge viudo. La ley establece que el cónyuge viudo tiene derecho a una parte de la herencia de su pareja fallecida, independientemente de lo que se haya establecido en el testamento.
Tipos de herencias
Existen dos tipos de herencias que pueden afectar a los derechos del cónyuge viudo en Galicia:
- Herencia intestada: cuando la persona fallecida no ha dejado testamento.
- Herencia testada: cuando la persona fallecida ha dejado un testamento.
Herencia intestada
En el caso de una herencia intestada, la ley establece que el cónyuge viudo tiene derecho a:
- Un tercio de la herencia: si el fallecido tenía hijos o descendientes.
- La mitad de la herencia: si el fallecido no tenía hijos o descendientes.
Es importante tener en cuenta que estos derechos se aplican siempre que el cónyuge viudo no haya sido separado legalmente o de hecho en el momento del fallecimiento.
Herencia testada
En el caso de una herencia testada, el testamento puede establecer los derechos del cónyuge viudo de forma diferente. Sin embargo, la ley establece que el cónyuge viudo tiene derecho a:
- La legítima: es decir, una parte de la herencia que el testador no puede disponer libremente, que en Galicia es de un tercio de la herencia si hay hijos o descendientes, o la mitad si no los hay.
- El tercio de mejora: es una parte de la herencia que el testador puede disponer libremente a favor de uno o varios herederos, y que en Galicia se reserva para el cónyuge viudo si hay hijos o descendientes.
Si te encuentras en Galicia y has perdido un ser querido, es importante que sepas cómo se reparte una herencia en esta comunidad autónoma. La herencia puede ser repartida de diferentes maneras, dependiendo de si el fallecido tenía o no testamento.
En caso de que exista un testamento, este debe ser respetado y seguido en el momento de repartir la herencia. Si no hay testamento, se seguirá lo establecido por la ley de sucesiones.
En Galicia, el cónyuge o pareja de hecho tiene derecho a una parte de la herencia, dependiendo de si hay hijos o no. Si existen hijos, el cónyuge o pareja de hecho heredará una tercera parte de la herencia, mientras que los hijos heredarán las dos terceras partes restantes. Si no hay hijos, el cónyuge o pareja de hecho heredará la mitad de la herencia.
En el caso de que no haya cónyuge o pareja de hecho, los hijos heredarán la totalidad de la herencia. Si no hay hijos, heredarán los padres del fallecido, y si estos tampoco existen, heredarán los hermanos.
Es importante tener en cuenta que existen otras circunstancias que pueden afectar el reparto de la herencia, como por ejemplo, la existencia de bienes gananciales o la posible desheredación de algún heredero.
